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Contradice la CNDH a Osorio: afirma que hacinamiento vulneró seguridad en el Altiplano
15 julio 2015

La sobrepoblación en el penal federal del Altiplano, de donde se fugó Joaquín El Chapo Guzmán, el pasado sábado 11, hizo que se perdiera el control de la seguridad, afirmó la tercera visitadora de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Ruth Villanueva.

“Había un exceso de población, lo cual provoca que haya hacinamiento, se pierdan los controles de seguridad y la máxima seguridad se devalúa”, apuntó.

Esta versión contradice la oficial. Ayer, el secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, aseguró en rueda de prensa que los centros de reclusión federales operan “en estricto cumplimiento de los protocolos de seguridad y los estándares internacionales”.

Explicó que el penal de donde se fugó el narcotraficante más buscado del mundo cuenta con medidas de seguridad que incluyen “un sistema de videovigilancia y monitoreo permanente”.

Sin embargo, aclaró, “por razones de derechos humanos y respeto a la intimidad, la videovigilancia tenía dos puntos ciegos”.

De acuerdo con la tercera visitadora de la CNDH, el problema de seguridad en la cárcel del Altiplano, localizada en Almoloya de Juárez, Estado de México, se notó “de manera general”, y consideró necesario tomar medidas y atender la falta de personal en el sistema penitenciario del país.

Afirmó que en el caso de Guzmán Loera ya se habían verificado las condiciones en las que estaba desde que fue detenido en febrero de 2014.

“En el caso de esta persona, se le había hecho una visita, como se hace en todos los casos, y estaba en unas condiciones de un área especial, en condiciones muy específicas para que tuviera mayor control y seguridad”, apuntó en entrevista con Radio Fórmula.

Asimismo, explicó que la CNDH ha estado presente en los interrogatorios del personal de la prisión desde que fueron llevados a la capital mexicana tras la fuga de El Chapo.

Por la tarde, la CNDH emitió un comunicado en el que aclara que el organismo no establece las normas bajo las cuales deben regirse los penales y centros de internamiento para personas privadas de su libertad.

Su función es, subrayó, observar y verificar que en dichos lugares se respeten la dignidad y los derechos fundamentales de la persona, sin que ello inhiba o determine las condiciones de seguridad.

La CNDH añadió que el respeto a los derechos esenciales en los centros de reclusión está reconocido en la Constitución General y debe basarse, igualmente, en los instrumentos internacionales en la materia, sobre los documentos que han sido firmados por el gobierno federal y ratificados por el Senado.

Asimismo, dijo que en cuanto al cumplimiento de la función de observancia del respeto a los derechos fundamentales en los reclusorios, cuyos resultados se reflejan en el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria, que anualmente se da a conocer, la CNDH cuenta con el apoyo y colaboración de los integrantes de la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos (FMOPDH), con quienes realiza un trabajo coordinado en cada entidad, en cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 18 constitucional.

Esa tarea, prosiguió, se realiza con base en la Guía Nacional de Supervisión Penitenciaria, instrumento que permite medir con objetividad las condiciones de internamiento a partir de indicadores que representan los aspectos a evaluar en un reclusorio.

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