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Exige localicen a dueño de la vaca
4 junio 2018

En lo que va del año, los registros de este medio de comunicación han contabilizado por lo menos 2 accidentes automovilísticos en el estado donde una vaca fue el motivo principal, el primero de ellos en la ciudad de Altamira el pasado 7 de febrero cuando un conductor se impactó contra el bovino por la falta de visibilidad provocada por una densa neblina, él quedó prensado en su vehículo.

Dos meses después, el 3 de abril en la carretera de Reynosa a Monterrey, a la altura del kilómetro 19, otro animal se atravesó en la obscuridad de la noche provocando la volcadura de una camioneta pic kup en la que viajaban dos adultos y dos menores de edad.

Uno de ellos, «Pedrito», a sus10 años todavía se recupera en terapia intensiva, Carlos Velazco, padre del menor explicó que han intentado localizar al dueño del animal para que asuma los gastos del hospital pero no han tenido éxito.

«No lo hemos contactado, pese a que ya se metió una denuncia no hay resultados hasta la fecha,  lo único que queremos es que cubra lo que ocurrió y que se comprometa a que sus animales no van a andar sueltos en la carretera, no se vale que por un descuido humano otros paguemos las consecuencias».

En ambos percances viales las vacas perdieron la vida.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 15 del reglamento «todo poseedor de un animal, será responsable de los daños, perjuicios y molestias que ocasione a las personas, bienes y al medio en general en la vía púbica», la ley permanece actualizada hasta su reforma en noviembre del 2017.

Dentro de la ley, en el artículo 17, se marcan acciones obligatorias para las autoridades «cuando no se cumplan con las condiciones antes señaladas, la Autoridad Municipal competente, deberá asegurar a los animales y trasladarlos a los albergues autorizados por la Dirección».

A más de dos meses del accidente ocurrido en Reynosa la ley no ha sido aplicada.

El Reglamento actualizado en noviembre del 2017 establece una multa equivalente de 10 a 20 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) al que contravenga lo dispuesto en los artículos 13 de las fracciones I a la XIV, en el 14 fracciones I y II,16,20 y 44 en sus derivaciones de la I al IV».

El Reglamento de Tránsito y Vialidad del municipio no contempla sanciones u operativos especiales para el retiro de estos animales de la vía pública.

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