El Congreso de Guanajuato endureció las penas contra la violencia intrafamiliar y delitos sexuales –entre ellos violación cuando es cometida por un ministro religioso– y clasificó como graves la corrupción de menores, acoso y abuso sexual donde el inculpado no alcanzará libertad bajo fianza.
Las reformas surgieron después de 13 recomendaciones que emitió la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) para reducir la violencia de género y los abusos sexuales cometidos por docentes. El artículo 11 del Código Penal fue modificado. Incorpora como delitos graves el acoso sexual cuando la víctima es menor o incapaz, y el abuso sexual y la corrupción si la víctima tiene menos de 18 años.